Auditoría y rendición de cuentas
La auditoría pública debe permitir que una institución independiente examine registros, métodos y resultados sin depender del relato del órgano auditado. En Candeia, distintas instituciones reciben mandatos diferentes para finanzas, integridad, derechos, datos y situaciones extraordinarias.
Límite actual. No hay ningún informe de auditoría estatal concluido en esta fase. La antigua lista de preparación del proyecto se retiró de esta página pública porque no corresponde a una auditoría institucional del Estado.
Quién audita depende de qué se está examinando
Ingresos, gastos, patrimonio, fondos, contratos, empresas públicas y sistemas con efecto financiero.
Art. 259Supuestos, sostenibilidad, reglas fiscales, riesgos y coherencia de la planificación a medio plazo.
Art. 260Corrupción administrativa, conflictos, declaraciones patrimoniales, representación profesional de intereses y protección institucional de denunciantes.
Art. 263Mala administración, derechos y revisión independiente del acceso a la información.
Art. 262Tratamiento de datos, derechos digitales y sistemas automatizados de alto impacto dentro de su mandato.
Arts. 80–82Alcance → acceso → prueba → hallazgo → respuesta → publicación → corrección
Independencia
El auditado no debe controlar la selección de los auditores, la agenda legítima ni el acceso jurídicamente debido a la evidencia.
La auditoría no sustituye al proceso
El hallazgo de una aparente infracción se remite a la autoridad competente; una auditoría no equivale a una condena judicial o disciplinaria.
Los informes se publicarán cuando existan
El portal no inventa hallazgos, gastos, contratos, incidentes ni conclusiones. Los informes solo deben aparecer cuando sean producidos por la autoridad competente y vinculados a su evidencia y versión.
Base de referencia
Esta página explica la arquitectura prevista en la propuesta constitucional de Candeia. El texto no promulgado sigue siendo la referencia jurídica del proyecto; la existencia de una pantalla en el Sistema Candeia no crea competencia, decisión ni acto oficial.