Situación institucional
Estado actual
La estructura constitucional que figura a continuación es una propuesta aún no promulgada. No hay Presidente, Primer Ministro, ministros ni Gobierno constitucional permanente investidos conforme a estas reglas.
Cuando estas instituciones sean formalmente instaladas
Las competencias solo pasan a producir autoridad institucional interna después de los actos constituyentes, electorales, parlamentarios y de investidura exigidos por el orden entonces vigente.
Una República, dos jefaturas
Presidencia
Representa la continuidad constitucional, promulga leyes, efectúa los nombramientos expresamente atribuidos y ejerce funciones de garantía estrictamente enumeradas.
Primer Ministro y Gobierno
Dirigen la Administración, ejecutan políticas y reglamentos dentro de la ley y responden políticamente ante la Asamblea.
Asamblea y controles
La Asamblea inviste y fiscaliza al Gobierno. La Justicia, el Tribunal de Cuentas, el Banco Central y las demás instituciones independientes conservan sus competencias propias.
¿Quién decide qué?
| Asunto | Presidencia | Asamblea | Gobierno | Control |
|---|---|---|---|---|
| Formación del Gobierno | Realiza la primera propuesta y formaliza el nombramiento ya decidido por el proceso parlamentario. | Otorga la investidura al Primer Ministro y mantiene o retira la confianza conforme a las reglas constitucionales. | Pasa a ejercer la dirección política tras una investidura y toma de posesión válidas. | El Tribunal Constitucional puede garantizar plazos e integridad, sin elegir candidato ni coalición. |
| Leyes | Promulga, puede devolver una vez o solicitar control preventivo dentro de los límites constitucionales. | Delibera, aprueba y puede confirmar un proyecto devuelto. | Ejecuta la ley y puede reglamentarla dentro de la autorización legal. | El control judicial y constitucional permanece independiente. |
| Administración | No dirige ministerios, presupuesto, política monetaria ni administración técnica nacional. | Legisla, autoriza y fiscaliza dentro de los límites de su competencia. | Dirige la Administración y coordina ministerios. | Los órganos de control y las instituciones independientes no reciben instrucciones políticas en decisiones protegidas. |
Cómo llega la autoridad al Gobierno
La existencia de páginas públicas, módulos instalables o pantallas administrativas no crea cargo, mandato, toma de posesión ni competencia. La autoridad depende del proceso jurídico correspondiente.
Qué puede explorarse ya hoy
Presidencia y Gobierno en el Sistema Candeia
Candeia OS ya permite explorar interfaces previstas para la Presidencia y el Gobierno. Todavía no ejecutan actos institucionales reales.
Base constitucional principal: Arts. 205–214 y Arts. 215–228.
